Padres y Hermanos
Solo un ciudadano estadounidense puede patrocinar a sus hermanos para convertirse en residente permanente de los Estados Unidos. El proceso puede tomar muchos años, es muy importante hacerlo bien para no retrasar el caso innecesariamente. Tenemos 25 años de experiencia, teniendo extraordinarios resultas para el beneficio de muchas familias.
Si usted es un ciudadano estadounidense de 21 años, puede patrocinar a sus padres para que vengan a Estados Unidos como residentes permanentes. Es un proceso que se puede hacer con mucha rapidez, y nuestra experiencia ayudara a poder resolver cualquier obstáculo que se nos presente.
Contáctenos y resolveremos sus dudas e inquietudes.
En Visa Lobo, entendemos que la familia es lo más importante. Si tienes estatus legal en los Estados Unidos., es muy probable que puedas traer a tus seres queridos. Con más de 25 años de experiencia, te guiamos en cada paso.
¿Quiénes Pueden Venir?
- Hermanos: Solo los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a sus hermanos, un proceso largo pero posible. ¡Estamos aquí para asegurarnos de que todo se haga correctamente!
- Padres: Si eres ciudadano estadounidense y mayor de 21 años, puedes patrocinar a tus padres. Este proceso es rápido y estamos listos para guiarte.
¡Hablemos! Sabemos lo importante que es tener a tu familia contigo. Contáctanos y te ayudaremos a cumplir tus sueños.
Prometidos/Matrimonio
Nuestra empresa ha ayudado a mucha gente a traer su prometido/a a los Estados Unidos con el propósito de casarse y establecer residencia permanente. Nos gustaría ayudar a usted también. Por favor denos una llamada o envíenos un mensaje de consulta. Apreciamos la oportunidad de ayudarle a establecer su familia en los Estados Unidos. El proceso de obtener la tarjeta verde basado en matrimonio puede ser complicado y el tiempo puede ser un factor crítico. Nos gustaría ayudarle a diseñar un plan de inmigración personal para asegurarse de que se cumplan todas sus metas y que todo se está haciendo para acelerar el proceso y garantizar el éxito final. Póngase en contacto con nosotros para más detalles.
Prometidos y Matrimonio
En Visa Lobo, entendemos lo importante que es estar con la persona que amas. Hemos ayudado a muchos traer a sus prometidos/as a los Estados Unidos. para casarse y establecer su residencia permanente, y estamos aquí para ayudarte también.
El proceso de obtener residencia permanente basado en matrimonio puede ser complicado y el tiempo es clave. Queremos ayudarte a diseñar un plan de inmigración personalizado para que logres tus metas y acelerar el proceso.
¡Estamos aquí para ti! Contáctanos y te guiaremos paso a paso hacia el éxito.
Residencia Permanente
La obtención de la residencia permanente en Los Estados Unidos es el primer paso a convertirse en un ciudadano estadounidense. Generalmente, para obtener la Residencia Permanente, una esposa o un hijo de un ciudadano estadounidense (o residente permanente de Los EE.UU) debe ser patrocinado por el mismo pariente a través de una petición de visa migratoria. Por favor, contactenos para mas detalles.
Residencia Permanente:
Obtener la residencia permanente es el primer paso para convertirte en ciudadano estadounidense. Si eres esposo/a o hijo de un ciudadano o residente permanente de EE.UU., puedes ser patrocinado a través de una petición de visa migratoria.
¡Estamos aquí para ayudarte! Contáctanos para más detalles y te guiaremos en cada paso del camino.
Ciudadania
La ciudadanía estadounidense se puede obtener por nacimiento o naturalización. Si naciste en los Estados Unidos. o si tus padres son ciudadanos estadounidenses, ya puedes ser ciudadano. Cualquier hijo nacido en EE.UU. obtiene automáticamente la ciudadanía, sin importar el estatus migratorio de los padres.
¡Estamos aquí para ayudarte! Contáctanos para más detalles y te guiaremos en este proceso.
245-i (Cambio de Estado) A quienes pertenece? A personas que:
- Han entrado y trabajado ilegalmente en los Estados Unidos;
- No han permanecido continuamente en condición legal;
- Han entrado en el país conforme al Programa Piloto de Exención de Visas; o en calidad de tripulantes extranjeros, y sin visa.
Solución:
- Solicitar cambio de estado migratorio tras pagar una multa de $1000 al gobierno por haber evitado los trámites de inmigración.
- Ser beneficiario de una petición de visa de inmigrante para un pariente extranjero (formulario I-130), o para un trabajador extranjero (I-140) o una certificación de labor personal
- Recibido por el gobierno a más tardar el 30 de abril de 2001