El 20 de enero de 2025, el presidente Trump emitió la Orden Ejecutiva 14159, titulada “Protección del pueblo estadounidense contra la invasión”, que ordena al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) hacer cumplir las obligaciones de registro existentes en virtud de la Sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 U.S.C. § 1302). Esta orden ejecutiva da prioridad a la aplicación civil y penal por el incumplimiento de estos requisitos.
La orden afecta a los no ciudadanos mayores de 14 años que no fueron tomados de huellas dactilares ni registrados durante su proceso de solicitud de visa o en el momento de la admisión a los Estados Unidos. Si dichas personas han permanecido en los EE. UU. durante 30 días o más, ahora deben completar el registro utilizando el Formulario G-325R. Esto también se aplica a las personas que están presentes en los EE. UU. sin haber sido admitidos formalmente.
El formulario G-325R solicita información detallada como nombre, detalles de contacto, direcciones físicas y postales, historial de inmigración, número I-94 (si corresponde), antecedentes penales, estado civil, identificadores biométricos e historial de empleo. Es posible que se requiera que las personas carguen documentos de respaldo, incluidos registros policiales o judiciales certificados. Se recomienda encarecidamente que los solicitantes conserven copias de todos los registros y pruebas presentados para su propia referencia y para futuros procesos relacionados con la inmigración.
Para las personas que ingresaron a los EE. UU. sin autorización y actualmente tienen un perdón pendiente junto con una solicitud de visa de inmigrante DS-260 enviada al Departamento de Estado de los EE. UU., esa aplicación de visa enviada pudiera servir como su registro bajo INA § 262. En tales casos, el número de confirmación DS-260 es esencial como prueba de cumplimiento.
Es importante tener en cuenta que el incumplimiento del requisito de registro ahora puede tratarse como una violación civil o penal. Además, presentar información inexacta, incompleta o engañosa en el Formulario G-325R podría afectar negativamente las solicitudes de inmigración pendientes o la elegibilidad futura para los beneficios de inmigración.
Dada la seriedad de esta nueva política de cumplimiento, se recomienda consultar con un abogado de inmigración con experiencia antes de completar y enviar el Formulario G-325R o divulgar cualquier información personal confidencial. Cada caso es diferente, y la orientación legal profesional es esencial para navegar por estos requisitos de manera segura y precisa.
Si cree que este nuevo requisito de registro puede aplicarse a usted o a alguien que conoce, comuníquese con nuestra oficina para programar una consulta confidencial.